- Un carnet falso no consta en el registro de la DGT, aunque lo vendan como «registrado».
- Falsificar un documento oficial: prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses como tope (art. 392.1).
- Usar a sabiendas un documento de identidad falso: prisión de seis meses a un año (art. 392.2).
- Conducir sin haber obtenido nunca el permiso: art. 384, de tres a seis meses de prisión entre otras penas.
Dos clases de falsificación
Hay tarjetas que imitan el diseño y se venden «para enseñar» o «de coleccionista», y otras que se anuncian como permisos válidos. Las dos son falsas. El vendedor suele pedir el DNI, la fecha de nacimiento, una foto y una firma, igual que en las webs sin examen de las que alertó la DGT.
Cómo se vende
- Aparece un perfil o una web con fotos de «carnets entregados». Esas imágenes no demuestran nada.
- El contacto se mueve a WhatsApp, con números que se renuevan.
- Piden tus datos para «preparar» la tarjeta.
- Exigen el pago por adelantado, por transferencia.
- Lo que llega, si llega algo, es plástico impreso. Lo que no vuelve es el dinero ni tus datos.
Por qué no resiste un control
Un documento fabricado no figura en el registro de conductores de la DGT, así que cualquier comprobación contra ese registro lo deja al descubierto. Quien carga con las consecuencias es el titular, no el vendedor, que ya ha cobrado y suele haber desaparecido. Tú, en cambio, puedes consultar tu propio saldo en la sede de la DGT, en miDGT o en el 060: si el permiso es auténtico, aparece.
Qué dice el Código Penal
- Fabricar o alterar el documento (art. 392.1): hasta tres años de prisión, con un mínimo legal de seis meses, más multa de seis a doce meses.
- Servirse de un documento de identidad falso sabiendo que lo es (art. 392.2): de seis meses a un año de prisión y multa de tres a seis meses. Que un carnet cuente como documento de identidad lo decide el juez.
- Enseñarlo en un juicio o usarlo para perjudicar a otro (art. 393): se baja un grado la pena del falsificador.
- Ponerte al volante sin haber tenido nunca permiso (art. 384): de tres a seis meses de prisión, multa de doce a veinticuatro meses o de 31 a 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
Son los márgenes que fija la ley, no la condena típica. Texto en el BOE, comprobado el 5 de octubre de 2026.
Qué más puede pasar
| Terreno | Riesgo |
|---|---|
| Penal | Las penas de arriba, valoradas caso por caso por un juez. |
| Carnet | No consigues un permiso auténtico: sigues sin saldo de puntos ni registro, y tendrás que hacer el camino legal igualmente, con informe médico y pruebas. |
| Identidad | El vendedor conserva tu DNI, foto y firma. Si aparecen contratos o cargos que no son tuyos, inclúyelo en la denuncia. |
| Trabajo | No hemos hallado fuente oficial sobre las consecuencias laborales y no las afirmamos. |
Mito y realidad
| Se dice | Realidad |
|---|---|
| «Es solo una tarjeta, no hace daño.» | La ley castiga falsificar, traficar y usar a sabiendas; no exige que llegues a conducir. |
| «Se ve igual que uno de verdad.» | El aspecto no importa: lo que se contrasta es el registro, y el tuyo no existe. |
| «Si lo compro de buena fe, no pasa nada.» | Eso lo valora un juez. Con un abogado a mano, no uses ni presentes el carnet. |
Y si ya lo tienes
No lo uses para conducir. Habla con un abogado antes de presentarlo ante nadie y lee qué hacer si te han estafado. Cuando quieras el permiso de verdad, la tasa 2.1 son 94,05 euros y se paga a la DGT.
Preguntas frecuentes
¿Tener un carnet falso es delito?
Depende del uso y del documento. La ley castiga falsificar, traficar y usar a sabiendas un documento falso. Un abogado puede valorar tu caso concreto.
¿Se puede comprobar si un carnet es auténtico?
Las autoridades consultan los registros de tráfico. Para ti, lo fiable es consultar tu propio permiso con la DGT. Hay más en comprobaciones oficiales.
¿Qué pasa si me paran con un carnet falso?
Puede abrirse un procedimiento penal. Las penas que fija la ley son un marco, y cada caso lo decide un juez. Sin permiso auténtico, además, conducir es delito según el artículo 384.
¿Qué diferencia hay entre falsificar y usar?
Falsificar es fabricar o alterar el documento (art. 392.1); usar a sabiendas un documento de identidad falso tiene una pena menor (art. 392.2).
¿Y un carnet con datos reales en el sistema?
Tampoco es válido: es una falsedad cometida con ayuda interna. Mira el caso Loki.
¿Puedo exigir al vendedor que me devuelva el dinero?
No hay garantía. Avisa al banco y denuncia; los pasos están en la guía de qué hacer.
Fuentes y enlaces oficiales
- BOE: Código Penal, artículos 390 a 400 (texto consolidado)
- Motorpasión: la DGT alerta de webs que prometen el carnet sin examen (25 de mayo de 2023)
- Auto10: conseguir el carnet sin exámenes, la estafa contra la que lucha la DGT
- Sede DGT: consulta de puntos
- Sede DGT: descripción de las tasas públicas aplicables (catálogo de tasas)